Pasar al contenido principal

A un año y siete meses de la entrada en vigor de la Ley Olimpia, persisten las agresiones a mujeres en Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Citlalli López Velázquez

A un año y siete meses de la entrada en vigor de la Ley Olimpia, reforma al código penal que sanciona la difusión de imágenes con contenido sexual, persisten las agresiones a mujeres en Oaxaca. 


Ante las trabas burocráticas que muchas enfrentan para hacer valer su denuncia penal, las víctimas están optando por exhibir a los agresores en redes sociales llamando a otras mujeres a tener cuidado con ellos.


A través de la cuenta Marea Verde Oaxaca, en donde también son denunciados hostigadores, acosadores sexuales y personas con denuncias por violencia familiar que siguen sin ser castigados por las autoridades, denunciaron a dos personas, en un caso se trata de un estudiante de nivel bachillerato y el otro un profesor de música del Colectivo Indígena de Lucha Social y Campesina (CILSO) quienes compartieron fotografías de sus exnovias luego de que ellas decidieran terminar con la relación.


Marea Verde


Actualmente, la violación a la intimidad sexual se castiga con sanciones que van de los cuatro a los ocho años de prisión y multa de los mil a dos mil veces del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigentes, es decir, 84 mil 840 pesos a 168 mil 980 pesos.


Sin embargo, lograr acreditar este delito ha sido complicado para las denunciantes quienes tienen que pasar revictimización y ser culpabilizadas.


Así por ejemplo, en el caso de la Mixteca, ninguno de los casos denunciados de manera penal con el acompañamiento de Marea Verde Mixteca ha sido sancionado.


El único que había logrado ser judicializado fue desestimado por la vicefiscalía regional en febrero de este año. Se trató del proceso abierto contra Omer H.S.


Fue en julio de 2019 cuando la 64 Legislatura local reformó el Código Penal para tipificar el delito contra la intimidad sexual mediante la cual se establecen sanciones a la persona que por cualquier medio divulgue, comparta, distribuya, publique o solicite imágenes, audios o videos de una persona desnuda, parcial o totalmente de contenido íntimo, erótico, sexual, ya sea impreso, grabado o digital sin el consentimiento de la víctima.


Tras su publicación en el Periódico Oficial el 24 de agosto de 2019, el primer caso vinculado a proceso ocurrió en febrero de 2020 por un hecho cometido en San Pedro Amuzgos, distrito de Putla. El joven J.L.M. P. fue detenido en el municipio de Santa Cruz Xoxocotlán, acusado de haber difundido fotografías y videos sin el permiso y consentimiento de la víctima con quien sostuvo una relación sentimental durante cuatro años.

Noticias ¡Cerca de ti!

Conoce los servicios publicitarios que impulsarán tu marca a otro nivel.