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Inicia registro para aspirantes a candidatura indígena o afromexicana en Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

Del 13 al 17 de abril del año en curso habrán de registrarse ante el órgano electoral los ciudadanos que aspiren a una candidatura independiente indígena o afromexicana para diputaciones por mayoría relativa y concejalías a los ayuntamientos por el régimen de partidos políticos.


De acuerdo a la convocatoria emitida por el órgano electoral, para la diputación por mayoría relativa los aspirantes deberán cumplir con los siguientes requisitos: ser nativo del estado de Oaxaca con residencia mínima de un año, o vecino de él con residencia mínima de cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la elección; tener más de 21 años cumplidos en la fecha de la postulación; y estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles y jurídicos;


Además, de estar inscritos en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía; no estar sancionada o sancionado por violencia política contra las mujeres en razón de género; y no estar sentenciada o sentenciado por los delitos de violencia política contra las mujeres en razón de género, de violencia familiar y por delitos que atenten contra la obligación alimentaria, en los términos del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Para contender en la elección de concejalías se requiere: ser ciudadano en ejercicio de sus derechos políticos; estar avecindado en el municipio, por un periodo no menor de un año inmediato anterior al día de la elección; tener un modo honesto de vivir; y estar inscritos en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía;


Así como no estar sancionada o sancionado por violencia política contra las mujeres en razón de género; y/o estar sentenciada o sentenciado por los delitos de violencia política contra las mujeres en razón de género, de violencia familiar y por delitos que atenten contra la obligación alimentaria, en los términos del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos


Las candidaturas independientes indígenas y afromexicanas, son aquellas en donde el aspirante es postulado por la asamblea general comunitaria de su comunidad a un cargo de elección popular.

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