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Ganan batalla vecinos del Barrio Xochimilco de Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Luis Ignacio Velásquez

El Juez Quinto de Distrito, Leonel Medina Rubio, otorgó ayer la suspensión provisional del acto reclamado, a fin de que la construcción de una tienda de autoservicio en el barrio de Xochimilco se mantenga como está, en tanto se resuelve el fondo del Juicio de Amparo número 515/2018, interpuesto por los vecinos.


El abogado postulante especialista en materia de Amparo, Jesús Matías Hernández, subrayó que este es el primer Juicio de Amparo protector de los derechos culturales de los ciudadanos que se interpone en la entidad.


“En el 2005 el maestro Francisco Toledo llevó a cabo una acción política, convocando a una tamaliza en el centro de la ciudad, para impedir que se instalara un McDonalds en el primer cuadro de la capital, toda vez que aún no se establecía en la Constitución la preeminencia de los derechos humanos”.


Comentó que en esta ocasión el pintor juchiteco Francisco Toledo firmó un escrito que se dirigió a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y, además, está apoyando la demanda de los vecinos.


"Rompe identidad"


Dijo que el juez va a estudiar si el acto reclamado es constitucional o no, es decir, va a analizar si la licencia que expidió la autoridad municipal o el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) vulnera o no derechos humanos a la cultura y al medio ambiente.


“Al juez federal no le interesa saber si la tienda va a generar congestionamiento vial o si expedirá bebidas alcohólicas, le interesa si hay un derecho humano violado; en este caso decimos que sí, que rompe con la identidad cultural del Centro Histórico que forma parte de la ciudad, declarada Patrimonio Cultural de la Humanidad en 1987 por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco)”.


Subrayó que ante tal resolución no tiene caso bloquear calles o salir a protestar, porque la obra ya se suspendió y hay que esperar la audiencia constitucional programada para el 12 de junio.


Destacó que en el razonamiento de la resolución provisional el juez consideró que sí se viola el derecho cultural de los ciudadanos, “por lo tanto -dijo- es procedente suspender el acto reclamado sin garantía, por posibles daños a la empresa; es decir, privilegió el derecho humano a la cultura”.


Manifestó que este es un caso inédito porque por primera vez el Amparo va a demostrar su eficacia en contra de los atentados que ha estado sufriendo el Centro Histórico de la Ciudad de Oaxaca de Juárez, su cultura.

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