Muchas personas le tienen pánico al SAT y, si se da el caso de que reciban una notificación de esta institución, de inmediato entran en pánico. Para casos como estos, aquí te decimos qué hacer.
Es importante tener en cuenta que cuando el Sistema de Administración Tributaria (SAT) detecta posibles irregularidades en el pago de impuestos de una persona, se lo notifica antes de concluir su revisión. Este aviso no retira derechos ni implica consecuencias inmediatas, pero sí te permite conocer los hechos y aclarar o resolver las cosas antes de que se cierre el procedimiento.
Por su parte, el Código Fiscal de la Federación (CFF), en el quinto párrafo del artículo 42, establece que cuando las autoridades fiscales encuentren irregularidades o posibles omisiones en el pago de impuestos durante sus facultades de comprobación, deben notificar al contribuyente, a su representante legal, o en el caso de personas morales, a sus órganos de dirección. Dicha notificación se efectúa en el buzón tributario.
Plazos para responder una notificación
La consultora Fiscalia indica que la notificación debe hacerse al menos 10 días hábiles antes de emitir la última acta parcial del proceso de fiscalización con el fin de que el contribuyente tenga la oportunidad de acudir a las oficinas fiscales, conocer los hechos detectados y resolver la anomalía antes de que concluya el proceso hacendario.
Mediante este proceso el contribuyente puede estar al tanto de las posibles irregularidades y presentar pruebas o aclaraciones, según sea el caso.
Lo que dice la Corte
Así mismo el criterio jurisprudencial P./J. 40/96 de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) expone que se dan actos privativos, que suprimen un derecho de forma definitiva, y actos de molestia, que afectan temporalmente los derechos de una persona con el objetivo de proteger ciertos bienes jurídicos.
Efectos de la notificación
Por su parte, el aviso que el SAT emite para informar al contribuyente sobre su derecho a conocer los hechos detectados no se considera un acto de molestia, ya que no restringe derechos ni impone sanciones inmediatas. Se trata de un paso instrumental en el proceso de fiscalización para garantizar el derecho de audiencia, permitiendo al contribuyente decidir si acude o no a las oficinas fiscales antes de la emisión del acta final.
En este sentido, la autoridad fiscal no está obligada a fundamentar ni motivar su competencia en este acto, ya que no afecta de manera inmediata la esfera jurídica del contribuyente. El oficio o notificación sólo comunica el derecho a conocer los hechos sin imponer ninguna medida coercitiva.
Fiscalia menciona que este criterio fue confirmado por la Segunda Sección de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), en una resolución publicada en su revista de septiembre de 2024.
Lo que ocurre si se ignora la notificación
En todo caso, la notificación es un aviso para el contribuyente acerca de la declaración de determinados conceptos, pero hacer caso omiso de la misma traerá repercusiones legales.
Lo mejor es tener a la mano facturas y deducciones tanto para personas físicas como morales y, en caso de tener dudas, asesorarse con un especialista en derecho fiscal o un contador. Recuerda que mientras tengas todos tus documentos en orden no hay por qué entrar en pánico ni esperar sanciones injustificadas de parte del SAT.
