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Casos en que es ilegal colocar cámaras de seguridad afuera de tu casa

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Foto(s): Cortesía
Israel García Reyes

La seguridad en los domicilios y en trabajos y establecimientos comerciales es una de las grandes preocupaciones de las personas, por lo que suelen instalar cámaras de seguridad en dichos espacios; sin embargo, el colocar estos equipos en las calles y grabar a los transeúntes puede convertirse en una actividad delictiva. Mira en qué casos se comete un delito al colocar videovigilancia. 

La inseguridad que se vive en muchos países ha llevado a las personas a colocar cámaras de vigilancia en las calles con el objetivo de prevenir asaltos, robos y otras actividades delictivas. Sin embargo, existen preocupaciones sobre la legalidad de grabar en la vía pública, ya que puede violar el derecho a la privacidad de los transeúntes. 

En principio, es necesario aclarar que es legal usar cámaras para proteger la propiedad o documentar accidentes; no obstante, grabar a vecinos o situaciones personales puede traer conflictos de tipo legal.

¿Qué dice Profeco?

En este sentido, la Revista del Consumidor de noviembre, emitida por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), advierte sobre las regulaciones vigentes en México en relación con la instalación de cámaras de seguridad Wi-Fi que registran imágenes en espacios exteriores.

De este modo, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) establece que la instalación de dichas cámaras debe realizarse con el objetivo de proteger bienes e instalaciones, así como para la prevención y detección de delitos, con el fin de salvaguardar la privacidad de los individuos o propietarios.

Casos de ilegalidad

A su vez, Profeco ha hecho diferentes aclaraciones sobre el uso de estos dispositivos en las calles.

1.- La ley advierte que no se permite la captura de imágenes de personas sin su consentimiento en espacios públicos, salvo en el caso de las fuerzas policiales o de seguridad.

2.- Es legal la instalación de cámaras de vigilancia en propiedades privadas, siempre que se respeten los derechos de privacidad y la normativa de protección de datos. Así mismo, se recomienda informar a los vecinos sobre la instalación de dichas cámaras, ya sea a través de un cartel informativo o mediante una reunión, con el objetivo de que estén al tanto del monitoreo y puedan salvaguardar su privacidad.

Prohibiciones  

a).- Está prohibido instalar cámaras de vigilancia en los baños, vestidores o cualquier área privada.

b).- Escuelas. Solo es permitido en áreas abiertas o pasillos de acceso, y bajo autorización de las autoridades correspondientes.

c).- Hospitales. Los espacios privados de los pacientes, como habitaciones o áreas de consulta, no pueden estar vigilados sin autorización.

d).- Iglesias. Los espacios dedicados a actividades religiosas están sujetos a restricciones de monitoreo sin aprobación previa.

Multas económicas

La Ley Federal de Protección de Datos Personales establece que las infracciones por colocar cámaras de vigilancia en espacios públicos pueden ir de multas por hasta 320,000 días de salario mínimo, lo que equivale a cerca de 18 millones de pesos.

También se prevé una pena de prisión que oscila entre seis meses y cinco años por la manipulación engañosa de datos personales.

Dicho de otro modo, en el caso de la instalación de cámaras de videovigilancia en fachadas o entradas del local o edificio, es legal siempre que no graben la calle y cumplan con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales.

Esta información resulta útil cuando se trata de dejar registro de hechos delictivos como robos y asaltos.

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