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Sin justicia, vivir en el limbo jurídico de Oaxaca

Foto(s): Cortesía
Redacción

Fernando Vargas Gallegos fue detenido en agosto de 2012 por agentes estatales de investigación, quienes afirmaron que le encontraron un paquete de mariguana; una vez en la cárcel privado de la libertad por este delito, le imputan otros dos: secuestro agravado y violación tumultuaria. Fernando lleva poco más de cuatro años recluido en la prisión de Mihuatlán de Porfirio Díaz, pero ningún juez ha resuelto si es inocente o culpable.


Como él, alrededor de dos mil personas en el estado son presuntos culpables; poco más del 50 por ciento de las tres mil 963 personas que se encuentran privadas de la libertad en las cárceles de Oaxaca, según la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca (DDHPO).
La situación es aún peor en las mujeres, el 70 por ciento de las que están recluidas en el penal femenil de Tanivet se encuentran sin alguna sentencia absolutoria o condenatoria, de acuerdo con la organización de la sociedad civil ASILEGAL.


Pese a la aplicación del nuevo sistema de justicia penal, que entre otras cosas inaugura el sistema acusatorio adversarial o juicios orales, la justicia en Oaxaca, como en el resto del país no es pronta ni es expedita.


 



Se viola la presunción de inocencia y provoca sobrepoblación en los penales. FOTO: Mario Jiménez Leyva

 


Pero no sólo se violan los derechos de las hombres y mujeres privados de su libertad, sino también el de las víctimas de un delito.


“Cuando a un preso no se le procesa dentro de los plazos que establece la Ley está infringiendo el derecho a una justicia pronta y expedita y no sólo la del procesado, a su vez, la de la víctima; porque también la víctima tiene derecho a verdad, justicia y reparación dicen los tratados internacionales”, explica Nazario Pérez, abogado penalista, catedrático y apoderado legal de la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca (UABJO) .


La fracción quinta del artículo 20 constitucional establece que "será juzgada una persona que esté inmerso en un proceso penal antes de cuatro meses si es el delito del que se trata tiene una pena que no exceda los dos años , por delitos menores; antes de un año si la pena excede de dos años".


Aquello que rompe esta regla es el derecho de defensa. Si el imputado quiere un plazo mayor no va a haber problema porque lo está pidiendo él mismo, aunque a su vez si genera dilación en el derecho a la justicia por parte de la víctima.


 


La propia Constitución establece que la privación preventiva no debe exceder los dos años, salvo que lo impida el imputado en su derecho de defensa. Ahí se pondera el derecho de defensa y el derecho de acceso a la justicia por parte de la víctima




Los procesos de las personas privadas de la libertad se extienden muchas de las veces por errores judiciales, por la propia defensa, mínima infraestructura y por casos tan absurdos como falta de gasolina para trasladar a los imputados a sus audiencias.


 


Pifias jurídicas


El visitador general de la DDHPO, Juan Rodríguez Ramos, detalla que los errores judiciales se evidencian en las formalidades que deben cumplirse en los procesos y que están establecidos en la ley del nuevo sistema de justicia penal, como en las apelaciones de segunda instancia o en juicios de amparo que orden reponer el procedimiento.


Si una persona estuvo uno o dos años procesada y fue condenada, pero apela y dice un magistrado que se violó un vicio de forma, no se desahogo una prueba, una formalidad, se ordenaba reponer el procedimiento, entonces después de un tiempo regresaba otra vez al principio y otras vez a empezar de nuevo




La responsable a veces es la misma defensa del imputado, porque no promueve o deja periodos prolongados sin promover recursos; en otras ocasiones puede ser del juez, quien por largo tiempo deja de actuar en el expediente. También se encuentra el Ministerio Público, en la cadena de fallas del sistema, porque en el momento de prolongar los procesos para formular sus conclusiones.


 



El abuso de la prisión preventiva también afecta el derecho de las personas sentenciadas a la reinserción social. FOTO: Mario Jiménez Leyva

 


Para el visitador de la DDHPO, en general es una falla en la implementación del nuevo sistema de justicia penal. A casi un año de que se extendió en todas las regiones de Oaxaca, en algunas de ellas carece de la infraestructura y de recursos humanos necesaria.
 


Cerros de expedientes


Por ejemplo, personas privadas de su libertad y cuya competencia estaba en los juzgados de Ixtlán de Juárez, tenía que ser trasladado hasta la región de Valles Centrales para celebrar una audiencia; esto también se refleja en la cantidad de ministerios públicos y defensores de oficio, en los que los primeros pueden llegar a tener hasta mil expedientes en sus escritorios.


“Todo esto incide muchas veces en que se genera impunidad o que los procesos son muy largos”, sostiene Juan Rodríguez.


El abuso de la prisión preventiva en Oaxaca como en el país, es un claro ejemplo que aún con el nuevo sistema penal la justicia no es pronta. Hay prisión preventiva de tres, cuatro, cinco, diez años, de personas privadas de libertad en las cárceles y ni siquiera tienen una sentencia de primera instancia.


 



El abuso de la libertad preventiva viola los derechos no sólo de los imputados, sino también de las víctimas. FOTO: Mario Jiménez Leyva

 


"Pena" anticipada


José Luis Gutiérrez, director de la organización ASILEGAL, afirma esto viola el derecho fundamental de presunción de inocencia, genera sobrepoblación, – en México hay 2.21% de sobrepoblación –, y constituye en muchos de los casos una pena anticipada.


“Esto genera claramente un problema tremendo al sistema penitenciario de que el tener tantas personas en prisión preventiva va disminuyendo la capacidad pues los ya sentenciados deberían tener todos esos programas de reinserción social como salud, alimentación, capacitación para el trabajo, vivienda, educación, que son los ejes rectores de la reinserción social”.


Aunque es un problema generalizado en todo el país, en Oaxaca afirmó que llega a situaciones desesperantes. Porque la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) encargada del sistema penitenciario ha llegado a afirmar que no tenía gasolina para trasladar una persona a una audiencia, o a veces no llega el defensor de oficio; esto provoca que la audiencia se difiera hasta seis meses.
 


Prisión preventiva, un abuso


“Gran parte de las personas que han sufrido abuso de prisión preventiva”, sin embargo, “lo han hecho a causa de la dilación de las Salas Penales y los Juzgados de Distrito o Tribunales Unitarios, que llegan a tardar años en emitir sus resoluciones y con ello retrasan los procesos”.


La justicia tampoco es expedita. Gutiérrez Román afirma que está llena de obstáculos y se vuelven procesos costosos, tanto para los imputados de algún delito como para las víctimas.


Los especialistas confirman que hay una violación a los derechos humanos de las personas que están privadas de su libertad y de las víctimas. Pero cuando una persona es inocente, apunta Juan Rodríguez, y está sujeta a un proceso recluida en la cárcel, este problema es más grave: “ya han pasado varios casos así en los que ellos comprueban su libertad después de 10 años, por lo menos jurídicamente comprueban su inocencia y ya estuvieron varios años en la cárcel”.

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