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Condenan a robachicos a 9 años de cárcel

Foto(s): Cortesía
Tomás Martínez

A la pena de 9 años de prisión fue condenada ayer la ama de casa, Eulalia L.O, como responsable del delito de sustracción de una menor de 16 días de nacida y por lo cual su pena culminará el 6 de abril del 2027 y su pareja, Ernesto Roberto C.V., quedó en libertad al no existir señalamiento de los testigos.


Durante la audiencia que duró cuatro horas, los jueces de control del tribunal de enjuiciamiento de Tanivet del circuito judicial de Valles Centrales explicaron la sentencia en la causa penal 229/2018 por el delito de sustracción de menores y no desaparición forzada, por el cual el agente del Ministerio Público comunicó imputación en un principio.


Los jueces relataron que el caso fue denunciado por el esposo de la ahora extinta, Reyna Alicia tras la desaparición ocurrido el 2 de abril del año 2018 en la calle San Diego de los Hornos en la colonia Calicanto de Santa Lucía del Camino.


El esposo de la víctima relató que al llegar de trabajar se percató que su esposa no estaba junto con su hija recién nacida y por lo cual acudió al domicilio de su hermana, donde le informó que Reyna Alicia había dicho que acudiría al domicilio de Eulalila ubicado en la calle Carrizal de la colonia del Bosque en Santa Lucía del Camino, por un apoyo que le daría a las madres de familia.


En el expediente penal existe la declaración de la hermana de la víctima y precisa que “ese mismo día lunes 2 de abril, Reyna Alicia, acudió a las 14:30 horas a la oficina de la entonces diputada del Movimiento Regeneración Nacional (Morena), Marichuy, en Santa Lucía del Camino, pero al no encontrarla, decidió regresar a buscarla a las 17:30 horas”.


Tras buscar a la mujer y su pequeña hija y no encontrarla, acudieron a las 03:00 horas del martes 3 de abril al domicilio de Eulalia, a quien conocían porque fue tesorera en el comité de padres de familia de la escuela primaria Cuauhtémoc de Santa Lucía del Camino.


Al llegar al domicilio de Eulalia, observaron que tenía en brazos a una niña, indicando que era su hija y apenas había dado a luz. Agregó que no sabía del paradero de Reyna Alicia y su hija, por lo cual el esposo y familiares se retiraron, pero quedó la duda, ya que la niña se parecía a su hija.


Arturo, acudió ante el agente del Ministerio Público para denunciar formalmente la desaparición de su esposa y su hija de 16 días de nacida y por lo cual los agentes investigadores acudieron a la vivienda y confirmaron que había una menor de edad.


LA RESCATAN EN CATEO


El viernes 6 de abril. agentes policíacos y MInisterio Público realizaron el cateo en el domicilio y procedieron a rescatar a la menor de edad, arrestando a Eulalia y Ernesto Roberto.


Pero Eulalia seguía diciendo que era su hija, por lo cual con la prueba de genética forense (ADN) confirmaron que la menor era hija de Reyna Alicia y Arturo y no de Eulalia.


El agente del Ministerio Público ejercitó acción en contra de la mujer y en la audiencia de debate comparecieron Arturo, su hermana, así como agentes investigadores y peritos, con lo cual los jueces tuvieron elementos para confirmar la culpabilidad de Eulalia y dictar sentencia.


En la lectura de sentencia los jueces indicaron que fue desechadoel informe rendido por el perito en extracción de datos del Instituto de Servicios Periciales ya que al ser interrogado por la defensa no dijo qué método utilizó o técnica utilizó y que sistema operativo utilizó, dijo que ninguno.


Cuestionado si manipuló el teléfono, mencionó que sí y por lo cual los jueces consideraron que no era creíble al no demostrar su experiencia.


De igual forma, en el cateo, los mismos agentes policíacos que acudieron a realizar la investigación, son los mismos que realizaron el cateo y por lo cual consideraron que era importante recuperar la niña, pero carecía de valor probatorio.


También fue desechada la declaración de un agente policíaco, porque sospechaba que Eulalia era imputada y la entrevistó sin la lectura de derechos y nombrarle un defensor.


Y otro dictamen que fue desechado fue de la perito en el monto de las terapias, ya que no realizó un estudio de mercado para cuantificar la reparación del daño.


Eulalia fue condenada al pago de 72 mil pesos de multa y su grado de peligrosidad es media.


La mujer aún tiene un proceso por el delito de homicidio y en el cual aún no se desarrolla la audiencia intermedia por la muerte de Reyna Alicia, cuyo cuerpo fue localizado en un tambo en San Mateo Macuilxóchilt en jurisdicción de Tlacolula de Matamoros.

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